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Análisis de posibles incentivos fiscales para conservar la naturaleza en terrenos privados

Fecha de creación: 
Jueves, 2 Julio, 2020

La Fundación ENT ha elaborado el informe “Análisis sobre los posibles incentivos fiscales nacionales para el fomento de la conservación de la naturaleza en terrenos privados”, en el marco del proyecto LIFE European Land Conservation Network (LIFE ECLN), en el que es socio el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través de la Fundación Biodiversidad, y que, a su vez, es quien promueve el trabajo. En España no existen incentivos fiscales diseñados específicamente con esta finalidad, por lo que este trabajo recoge y actualiza propuestas en ese sentido, especialmente centradas en el fomento de la custodia del territorio observando también otras formas de conservación privada.

Los incentivos fiscales son bonificaciones u otro tipo de beneficios, en el pago de tributos que se conceden a determinados sujetos pasivos para promover ciertas actuaciones. Según explica la Fundación ENT, “en los últimos años Europa ha experimentado un notable auge de este tipo de fiscalidad ambiental. A pesar de ser una medida efectiva para el desarrollo de iniciativas de conservación de la naturaleza en terrenos privados, en España no existen actualmente incentivos fiscales de nivel estatal específicamente diseñados con esta finalidad”.

 

El análisis se focaliza en:

      Medidas de ámbito estatal, descartando los niveles competenciales autonómico y local.

      Fomento de la conservación, focalizando en beneficios fiscales e iniciativas para fomentar el mecenazgo ambiental.

      Actuaciones de custodia del territorio y otras formas de conservación de la naturaleza en terrenos privados.

 

Para la puesta en marcha de este tipo de incentivos, la Fundación ENT considera fundamental tomar en consideración las siguientes cuestiones:

 

      Tipo de iniciativas a incentivar: además de la CT también pueden considerarse terrenos incluidos en espacios naturales protegidos y otros que cuenten con planes de gestión forestal sostenible o ciertas explotaciones agrarias.

 

      Impacto de los incentivos: para asegurar que cumplen su finalidad, los incentivos pueden acompañarse de una serie de medidas, requisitos y condiciones concretas. Así, pueden estar vinculados a los terrenos donde se realiza la conservación (y no a sus propietarios), modular los beneficios en función de la calidad o impacto de las medidas incentivadas;, establecer compromisos de mantenimiento y mejora de los valores ambientales, ofrecer la posibilidad de fraccionar las deducciones en distintos ejercicios fiscales y priorizar la introducción de beneficios específicamente diseñados para la conservación de la naturaleza, en lugar de ampliar los supuestos de aplicación de los incentivos ya existentes).

 

      Aplicación de los incentivos: la introducción de los incentivos debe poder ir acompañada de mecanismos de aplicación y comprobación;. En este sentido aparece como especialmente relevante la creación de un registro público de acuerdos de CT o de iniciativas de conservación privada en general.

 

 

Las propuestas concretas identificadas por la Fundación ENT afectan a distintos sujetos (propietarios, entidades de conservación y mecenas) y pueden aplicarse sobre la mayor parte de los impuestos estatales, siendo los más relevantes: el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD),  el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto de Sociedades (IS).

 

En concreto las principales propuestas identificadas por la Fundación ENT son:

 

      Bonificación por la transmisión de fincas con acuerdos de CT (ITPJD, ISD).

      Consideración como explotaciones agrarias prioritarias a las que cuenten con acuerdos de CT ( ITPJD, ISD, IS, IVA).

      Bonificación por la constitución de acuerdos de CT y trámites relacionados (ITPJD).

      Deducciones por donaciones a entidades de CT (ITPJD, IS).

      Deducción por gastos e inversiones de mejora en fincas con acuerdos de CT (IRPF).

      Deducciones por acuerdos de CT o por ventas y arrendamientos a entidades de CT (IRPF).

 

Aquí está disponible el informe completo.